Sunday 12 July 2020

La pérdida patrimonial de Chile

Leontochir ovallei Garra de León - Photo Yamil Hussain
Por definición patrimonio nacional son los bienes que pertenecen al conjunto de la república, en este caso a todos los ciudadanos de Chile.

Así lo entiendo.

Claramente la preservación de estos bienes es una tarea que corresponde, en primera instancia, a las autoridades de la nación. No me refiero a un gobierno especifico, sino a un deber que obliga a todos los gobiernos: es, o debería ser, un asunto de política de estado.

Digo todo esto porque he estado releyendo un artículo de Pedro León-Lobos y Marcelo Rosas, publicado por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA): Perdida patrimonial - estimación del comercio internacional de semillas y plantas nativas de Chile (Tierra Adentro, marzo-abril 2010).

Su contenido me causa mucha preocupación.

El artículo parte con la afirmación que la pérdida de plantas nativas hacia el extranjero es una cuestión de siglos. Señala que en 1712 el francés A. Frazier llevo cinco plantas de frutilla chilena (Fragaria chiloensis) a distintos jardines botánicos europeos. Allí la frutilla nativa fue hibridada con la frutilla norteamericana (Fragaria virginiana), para dar origen a la actual frutilla comercial (Fragaria x ananasa). 

El tema ha sido resumido en un hilo en Twitter por Lorena Marchant @laduraznera

Un viaje sin retorno
Para dar una idea del verdadero alcance de esta pérdida, el valor actual (2019) del mercado global de frutillas es de $2.76 billones de dólares (US$). Chile no se beneficia, ni se ha beneficiado nunca, de este comercio internacional, a pesar de su condición parcial de país de origen.

Pero la pérdida es más que puramente económica, la comercialización también compromete el patrimonio genético e incentiva el tráfico y la sobrerrecolección de especies en peligro. León-Lobos y Rosas estiman que al menos 586 plantas nativas se comercializan en el extranjero; un 11,3 por ciento de toda la flora chilena.

“De estas 125 (21.3%) son recursos genéticos endémicos de Chile, de los cuales un 27% (17) constituyen representantes únicos. Ejemplos destacados son varias especies de Copiapoa, Leontochir ovallei (Garra de León) y Leucocoryne (huilli).”
Leocoryne coquimbensis var. alba - Huilli
Leurocoryne coquimbensis - Huilli
Leucocoryne vittata - Huilli pijama
Aproximadamente el 47% (275) de los recursos fitogenéticos chilenos se venden como semillas, un 26% (152) como semillas y plantas de vivero, y un 27% (158) adicional solo como plantas de vivero. Los investigadores estiman que “un 6.5% de las especies que se tranzan a nivel internacional están amenazadas de extinción”.

León-Lobos y Rosas agregan como conclusión: “Por la falta de ‘listas rojas’ actualizadas, en un alto porcentaje (94%) se desconoce el estado de conservación de la flora chilena comercializada en el extranjero.”


¿Pero cómo puede ser? Es inconcebible.

He tratado de conseguir información actualizada, me ha resultado imposible. Las personas que tienen la buena voluntad no tienen la información. Los que tienen la información, no responden.

Así estamos.

El derecho soberano sobre nuestras plantas nativas fue establecido en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (Convenio). Chile lo ratificó el 9 Septiembre de 1994.

Cuando León-Lobos y Rosas publicaron su artículo existían dos dificultades. La primera es que los derechos se reconocen desde la fecha de incorporación al acuerdo, es decir el Convenio no es retroactivo.

Chile solo puede reclamar sus derechos sobre los recursos genéticos a partir de 1994 - lo que ocurrió antes es pérdida.

La segunda dificultad es de implementación - responsabilidad exclusiva del gobierno de Chile, como estado independiente. Para ello es imprescindible establecer la legislación y las reglas de control necesarias para ejercer estos derechos soberanos. Entre otras medidas, se requiere un registro nacional de acceso a recursos genéticos - este no existía en 2010, a dieciséis años de la firma del Convenio.

La evidencia anecdótica – catálogos comerciales en Europa y EEUU - es que semillas y plantas chilenas están siendo comercializadas en el exterior y continúan siendo exportadas, a menudo de manera informal - sin que exista una regulación efectiva en Chile. Abundan las páginas en internet ofreciendo, sin ninguna evidencia de permiso o licencia, una amplia variedad de semillas y plantas chilenas.

Tecophilaea cyanocrocus Azulillo: cultivado en Kew Gardens, en peligro de extinción en Chile
La información oficial tampoco es alentadora. El Sexto Informe Nacional de Biodiversidad de Chile - Elaborado en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (Ministerio del Medio Ambiente de Chile 2019) - entrega una enormidad de datos y cifras en sus 220 páginas.

Pero cantidad no hace calidad.

Una búsqueda del documento produce un total de cuatro entradas para 'flora nativa'; una mención a 'fitodiversidad', dos referencias a 'flora nativa de Chile', sólo una alusión a 'flora endémica chilena' y ninguna a 'plantas chilenas'. Tampoco se reconocen los términos 'exportaciones de plantas y semillas' o 'exportaciones de plantas chilenas'.

Los indicios son preocupantes, pero la esperanza es lo último que se pierde. Así que he estudiado el mamotreto completo.

Resaltan dos iniciativas importantes: la primera es la promulgación de la Ley 20962 - Aplica la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (2016). La segunda es la tramitación de un proyecto de reforma constitucional que proclama:

"El Estado de Chile, tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los recursos genéticos, de sus propiedades bioquímicas, y de sus derivados, en relación a animales y vegetales de carácter endémico que se encuentren en su territorio." (p.160 Sexto Informe).

Ambas iniciativas son de corte legislativo, no encontré algo que se refiera a lo práctico - al ámbito de acciones, urgentes y necesarias, para controlar el tráfico de flora nativa al extranjero.

Copiapoa coquimbana - semillas a la venta
¿Cómo y cuándo esta legislación se hará efectiva? Se me viene a la cabeza el dicho inglés 'to close the stable door after the horse has bolted' - cerrar el establo después que el caballo se ha escapado. La inacción en este plano constituye un abandono de parte del estado chileno, ya no se trataría de una pérdida patrimonial, sino de un despilfarro.

Espero estar equivocado y que algún lector caritativo me corrija. Chile no merece tal nivel de negligencia.

6 comments:

  1. Amigo Fernando, entiendo tu preocupación y la comparto, por desgracia estamos en un mundo que el maldito dinero todo lo puede y todo lo corroe. Es incomprensible que un bien nacional y endémico de un país no sea controlado con dureza por cualquier acción que pueda acarrear una exportación o cualquier tráfico que se produzca ilegalmente de dicho bien. Por desgracia falta mucha legislación en esa materia y penas mucho más duras.
    Un fuerte abrazo amigo.

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  2. es un problema planteario por desgracia

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    1. Gracias Mario, es un problema que requiere solución. Un saludo.

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  3. Una realidad muy grave, Fernando. En Chile la colecta indiscriminada de cactáceas y sitiosweb que venden semillas (como chileflora.com) no está controlada de modo alguno. Toman semillas de fuentes naturales incluyendo parques nacionales y reservas y listo, venta de semillas a euros el gramo de semillas, lucrando con el saqueo de nuestros recursos biológicos. Es este limbo en legislacion, y falta de prioridad nacional del tema, el que aprovecha esta gente para seguir con su lucrativo y destrucrivo negocio

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    1. De acuerdo Diego, muchas gracias. Es indignante ver tanta indolencia, Chile necesita un cambio, ¡urgente! Un saludo.

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